este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de esta Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su aprobación al DESISTIMIENTO presentado por los ciudadanos EDECIO LÓPEZ, MARÍA RUFINA LÓPEZ y RAFAEL SIMÓN ESPINOZA VILLEGAS, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 5.461.998, 7.508.397 y 7.518.295 respectivamente, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio el Abogado en ejercicio ALBERTO JOSÉ RODRIGUEZ LOZADA, quien está inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 67.338 y lo HOMOLOGA, OTORGÁNDOLE EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA, Y ASÍ SE DECIDE.