este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurias construidas en un lote de terreno propiedad del Municipio, que mide veinticinco metros (25mts) de frente por trece metros con cincuenta centímetros (13,50 mts) de fondo, consistentes en la construcción de una vivienda tipo familiar, que miden nueve metros (9mts) de frente por trece metros (13mts), de fondo, hecha con paredes de bloques de ladrillo, piso de porcelana, techo de platabanda, puertas y ventanas de madera, protectores de hierro, con plantación o base para una segunda planta, dividida de la siguiente manera: 3 cuartos, 1 sala de recibo, 1 cocina, 2 baños y 1 lavandero; ubicados en el sector Los Gr.....