Se imparte la HOMOLOGACION al desistimiento del procedimiento hecho por la parte actora en el presente juicio de RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, interpuesto por el ciudadano RACHID RICARDO HASSANI, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 35.713, contra el ciudadano CELSO TOMAS NUÑEZ MALAVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 5.558.958, de conformidad con el artículo 265 ejusdem. Así se decide.