DISPOSITIVA
Por estas consideraciones de hecho y de derecho, este Tribunal de Control 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara
PRIMERO: Admite la solicitud de PRESCINDENCIA DE LA ACCION PENAL, a favor de los ciudadanos La representación fiscal le imputa a los ciudadanos prenombrados:
GUILLÉN RODRIGUEZ OLINTO, dijo ser y llamarse sin juramento como quedó escrito, venezolano, de 59 años de edad, nacido el 26-07-45 , Titular de la Cédula de Identidad N° 3.948.949 , domiciliado en la Calle Lara, Casa N° 102, al lado de la Panadería Las Palmeras de Colón, Ejido Estado Mérida, ocupación vendedor de chicha.
RAFAEL ATILIO GANDICA GARCIA, dijo ser y llamarse sin juramento como quedó escrito, venezolano, de 38 años de edad, nacido el 16-12-65 , Titular de la Cédula de Identidad N° 7.105.676 , domiciliado en la Urbanización Caña Melar, Casa N° A2, Primera Etapa, .....