En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Determinación de Guarda, interpuesto por el ciudadano FRANKLIN ARNALDO BAUDIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.984.938, en contra de la ciudadana MARIA DE LOURDES REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.672.128. En consecuencia, determina que ambos padres tendrán la responsabilidad de crianza de las hijas y el ciudadano FRANKLIN ARNALDO BAUDIN, antes identificado, seguirá ejerciendo la Custodia de las niñas IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, debiendo brindarles a sus hijos todo los cuidados, educación y amor que éste necesite para el pleno desarrollo .....