Establecido lo anterior, este Juzgado Segundo de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU APROBACION Y HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO, suscrito por la parte actora, ciudadana CARMEN PUCHE DE GALÍNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.506.537, de este domicilio, asistida por la abogado PATRICIA NAVARRO PUCHE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-15.767.685, inscrita en el Inpreabogado con el número 119.642, de este domicilio, y la parte demandada, ciudadana MILANYELA DEL CARMEN CASTILLO TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.417.648, de este domicilio, asistida por la abogada NYURKA ESMERALDA MORÓN JAYARO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.371.710, inscrita en e.....