Por las razones expuestas este Juzgado Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSION EN DIVORCIO DE LA SEPARACION DE CUERPOS y, en consecuencia, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que une a los ciudadanos YONNY ALBERT RONDON LASCANO y MARIA DE LOS ANGELES SILVERA GUEVARA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 21.577.294. y V- 18.828.842 ., y de este domicilio