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Decisiones del dia 14/05/2013 |
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N° Expediente :
FP02-L-2012-382
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N° Sentencia :
PJ0752013000056
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Fecha: 14/05/2013 |
Procedimiento: Cobro De Pretaciones Sociales |
Partes: DIONEL AÑEZ Y OTROS CONTRA CONSTRUBOLIVAR, C.A. |
Resumen:
este Juzgado en aras de evitar reposiciones inútiles, y preservar el debido proceso es por lo que PRIMERO: REPONE LA CAUSA, al estado de notificar mediante cartel a la empresa CONSTRUBOLIVAR, así como también oficiar al Procurador General del Estado Bolívar, del abocamiento efectuado en fecha 12 de diciembre de 2012, otorgando el término de suspensión de 90 días consecutivos de conformidad con el artículo 96 del Decreto con rango, valor y fuerza de ley de reforma parcial del decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, por aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Ello con el objeto que una vez conste en auto la certificación por secretaría de haberse notificado a las partes, se proceda con la suspensión de la causa respectiva, con la advertencia que culminado dicho lapso, comenzarán a transcurrir los tres (03) días hábiles para que la parte que creyere conveniente ejerza su derecho a recusar, y en caso de que no ej.....
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Juez/Ponente:
Magly Milagros Mayol Tranquini
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Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Ciudad Bolivar
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N° Expediente :
FP02-L-2012-380
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N° Sentencia :
PJ0752013000057
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Fecha: 14/05/2013 |
Procedimiento: Cobro De Pretaciones Sociales |
Partes: JOHAN FIGUEREDO Y OTROS CONTRA CONSTRUBOLIVAR, C.A. |
Resumen:
PRIMERO: REPONE LA CAUSA, al estado de notificar mediante cartel a la empresa CONSTRUBOLIVAR, así como también oficiar al Procurador General del Estado Bolívar, del abocamiento efectuado en fecha 12 de diciembre de 2012, otorgando el término de suspensión de 90 días consecutivos de conformidad con el artículo 96 del Decreto con rango, valor y fuerza de ley de reforma parcial del decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, por aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Ello con el objeto que una vez conste en auto la certificación por secretaría de haberse notificado a las partes, se proceda con la suspensión de la causa respectiva, con la advertencia que culminado dicho lapso, comenzarán a transcurrir los tres (03) días hábiles para que la parte que creyere conveniente ejerza su derecho a recusar, y en caso de que no ejerzan dicho recuso, se reanudará la causa al estado de que corran los Diez días hábiles, de confor.....
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Juez/Ponente:
Magly Milagros Mayol Tranquini
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Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Ciudad Bolivar
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