´DECLARA
PRIMERO: CON LUGAR la oposición formulada por la Empresa ALIMENTOS LA PIEDRA C.A., debidamente inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha 12 de enero de 2006, bajo el N° 18, tomo 286-A, representada por el ciudadano JOSE MANUEL IGLESIAS PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.520.296 y domiciliado en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, quien actúa como Vicepresidente, debidamente asistido por la abogada en ejercicio BELKIS PEREZ CASTILLO, Inpreabogado N° 90.261, en consecuencia,
SEGUNDO: SE ORDENA la entrega del bien mueble perteneciente a la Empresa ALIMENTOS LA PIEDRA C.A., debidamente inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha 12 de enero de 2006, bajo el N° 18, tomo 286-A, representada por el ciudadano JOSE MANUEL IGLESIAS PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.520.296 y domiciliado en la ciuda.....