En mérito de lo anteriormente expuesto este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR el Recurso de apelación interpuesto por la parte demandada ciudadana MARIA DEL VALLE ZAMORA GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.043.183, en el juicio que sigue en su contra el ciudadano JOSÉ ANTONIO HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.554.963, por DIVORCIO. En consecuencia, queda así CONFIRMADA la sentencia dictada en fecha 17 de marzo del año 2.009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, POR HABER OPERADO DE PLENO DERECHO PERENCIÒN BREVE DE LA INSTANCIA.