Cumplidos como han sido los extremos legales exigidos de solicitud de DIVORCIO de Mutuo Consentimiento este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Con Lugar el DIVORCIO de mutuo consentimiento de los ciudadanos RAMON AQUILES CARRILLO GUTIERREZ y GUDDELIA JOSEFINA GUDIÑO FILGUEIRA, identificados en el encabezado de esta sentencia.
Segundo: En consecuencia de ello, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unía, celebrado en fecha 26 de julio de 2013, por ante el Registro Civil del Municipio Heres, Parroquia Catedral del Estado Bolívar, tal como se constata del acta de su celebración, quedando anotada en el Acta Nº 473, Libro 4, Tomo 1, Folios 189 y 190, llevado por esa Autoridad en.....