este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la ciudadana OLGA EFERINA GALLO TRAVIEZO, quien era venezolana, mayor de edad, domiciliada en la 4ta avenida, entre calle 9 y avenida Caracas, municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 4.123.681; suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a las ciudadanas PIA CLELIA GALLO de SUAREZ, venezolana, mayor de edad, viuda; y titular de la cédula de identidad N° 4.123.878, MARÍA JOSEFÍNA GALLO de DAZA, venezolana, mayor de edad, casada; y titular de la cédula de identidad N° 3.258.018, GIOCONDA VIOLETA GALLO de RODRÍGUEZ, venez.....