este tribunal, REPONE la presente causa de RESOLUCION DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, seguida por los ciudadanos VICTOR MAGALLANES y YONNY ESCALONA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros: V-7.227.836 y V-10.367.725, respectivamente, de profesión Abogados, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros: 78.378 y 108.066; actuando en su propio nombre, contra los ciudadanos: MARIA RAMONA SEQUERA DE DÁNGELO y DÁNGELO SMITH LUIGI, titulares de las cédulas de Identidad Nros: V.- 3.518.386 Y V.- 7.372.621 respectivamente, la primera viuda y el segundo hijo del de cujus, ciudadano: ANTONIO ROCCO DÁNGELO PADULLA, quien en vida era titular de la cédula de Identidad N° V.- 7.346.477, así como contra cualquier otro heredero desconocido del de cujus, al estado que la parte co-demandante publique el Edicto ordenado en el auto de admisión, de acuerdo al artículo 231 del Código de Procedimiento Civil, por lo que este tribunal deja sin efe.....