Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo (2º) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión territorial Puerto Ordaz, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
UNICO: INADMISIBLE la apelación ejercida por el Profesional del Derecho ciudadano ÁNGEL LUIS LEÓN QUINTANA, Abogado en Ejercicio y de este domicilio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 169.723, actuando en representación de la Parte Demandada Principal COOPERATIVA IBARRA 929, R.L., en contra de la decisión dictada en fecha 25 de Noviembre de 2011 por el Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en el Juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoara el ciudadano ISMAEL JESUS FARIAS CARREÑO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.280.887, en contra de las empre.....