Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Extensión Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual a mejor derechos y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus: CESAR JOSE MARCANO TORTOLERO, a la adolescente (Identidad omitida artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes)y a la ciudadana GISELL MARIA DEL VALLE MARCANO MARIN, venezolana, mayor de edad y titular de la Cedula de Identidad Nº V-23.730.140, en su condición de hijos y a la ciudadana NAIYOLI YOLEMAR MILLAN viuda de MARCANO, titular de la Cedula de Ide.....