En cuanto a la Revisión de Obligación de Manutención: el ciudadano ALFREDO MANUEL PEREZ REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 12.725.054, residenciado en las Colinas de Albarico, calle principal, Casa Nro 22-70, Municipio San Felipe de este estado Yaracuy, ofrece para su hija IDENTIDAD OMITIDA POR EL ART. 67 DE LA LOPNNA, de catorce (14) años de edad, la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES MENSUALES EN EFECTIVO (BS 200,00) a razón de CIEN BOLIVARES QUINCENALES (BS 100,00) descontados de la nomina del lugar de trabajo en la Comandancia General de a Policía del estado y depositados en la cuenta de la Entidad Bancaria Banco Provincial cuenta de ahorro Nro 01080078160200401196. Para el mes de Septiembre el padre de la adolescente ofrece la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (BS 300,00) para cubrir con los gastos de la adquisición de los útiles y uniformes escolares, los cuales serán descontados de la nomina del lugar de trabajo del obligado de manutención, .....