Por lo antes expuesto, quien juzga considera necesario y prudente, ordenar la práctica de una Inspección Judicial, a los fines de obtener una valoración de las actuaciones realizadas en el curso de la presente causa, razón por la cual, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Agraria, ordena la practica de Inspección Judicial promovida y, no evacuada en su oportunidad, de conformidad al art. 192 de la ley up supra, fijando la misma para el día jueves veintisiete (27) de octubre de dos mil once, a las ocho y treinta de la mañana (8:30 a.m.) sobre un lote de terreno ubicado en el sector Caserío la Puente Sector el Guache al lado del tanque de agua vía principal Campo Elías Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y, una vez realizada la misma, mediante auto separado dentro del lapso establecido en la ley especial se fijará la audiencia probatoria correspondiente. Líbrese los respectivos Oficios, notifíquese a las partes. Es todo.
Abg. ILEANA NOHEMI ROJAS ROJAS.
LA JUEZA
Abg. YE.....