Vista la solicitud planteada de Autorización Judicial, analizado los recaudos acompañados y los hechos que dan motivo a la pretensión propuesta; este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión Ciudad Bolívar DECLARA CON LUGAR la solicitud de Autorización Judicial propuesta por Francis Emilia Avilez Raña,, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.827.729, en su condición de madre y representante legal de su hija, en consecuencia, se acuerda:
Se autoriza a la ciudadana: Francis Emilia Avilez Raña, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.827.729, para gestionar y tramitar la cuota parte de las sumas de dinero que se encuentran en la empresa CVG Aluminios del Carona, S.A. y que le pueda corresponder a su hija, dejados por el De cujus, Richard Alexander Salges López, quien era ve.....