ordena SUSPENDER la ejecución forzosa de dicha Sociedad Mercantil FARMACIA HOSPITAL S.R.L., en el local comercial ubicado en la Avenida Libertador, Urbanización Nuevo Mundo, Barrio Guaiparo, UD-142, San Félix, Municipio Caroní del Estado Bolívar por un plazo de cuarenta y cinco días (45) continuos y se acuerda Oficiar al PROCURADOR GENERAL DE LA REPÙBLICA, a la DEFENSORÌA DEL PUEBLO DEL ESTADO BOLÌVAR y por ser un servicio privado de interés publico relacionado con la salud, al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD, remitiéndoles copia certificada de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 13/04/2015, la sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar de fecha 26/02/2016 y del presente auto para formar criterio acerca del asunto, como se dispone en los artículos supra mencionados, instándose a la parte actora a consignar las copias simples para su certificación y posterior remisión .....