este tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen Procesal de Protección De Niños, Niñas y Adolescentes, actuando en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, ACUERDA: LA COLOCACION FAMILIAR PROVISIONAL, de los niños (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE) , de nueve (9) y siete (7) años de edad respectivamente nacidos el 4/09/2000 y 12/03/2003, según se evidencia de la Copia certificada de la Partida de Nacimiento signada con el Nro 389 y 106 del año 2000 y 2003, expedida por el Coordinador de Registro Civil del Municipio San Felipe del estado Yaracuy, bajo los cuidados de la tía ciudadana CLEYBER BLADYMIR SALAZAR OVIEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº: 12.277.653 residenciada en la calle principal de Marincito, casa Nro 5206, Municipio Autónomo San Felipe estado Yaracuy para ejerza la custodia de los mismos, así mismo d.....