administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se Declara Incompetente en razón de la Materia para seguir conociendo de la presente solicitud de Acción Declarativa de Concubinato, solicitado por la ciudadana IVETTE COROMOTO PRADO LUGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 8.514.315, residenciada en la Urb. San Antonio, Transversal 10, Nro 22-22ª, Quinta Chiqui, Municipio San Felipe, estado Yaracuy, en contra del ciudadano VICTOR JULIO DOMINGUEZ OCHOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 10.858.141, residenciado en la Urb. San Antonio, Transversal 4, Nro 16-2B, Urb. San Antonio, Municipio San Felipe, estado Yaracuy, y señala como Tribunal competente al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a quien se ordena remitir las presentes actas junto con oficio una vez cumplido con el plazo de cinco (05) días est.....