este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, presentada por los ciudadanos LUIS BELTRAN HEREDIA y LIGIA ESTELA PEREZ DE HEREDIA, quienes son venezolanos, mayores de edad y portadores de las cédulas de identidad N° 4.126.295 y 4.123.941 respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada EUCARIS AVENDAÑO, quien está inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 73.796, y DECRETA: LA DISOLUCIÓN DEL VINCULO MATRIMONIAL contraído entre ellos, contraído entre ellos, el día doce (12) de Enero de 1970, por ante la Prefectura del Municipio Independencia, Estado Yaracuy, hoy día Dirección de Registro Civil del Municipio Independencia del Estado Yaracuy, según el Acta de Matrimonio signada con el Nº 06 del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por esa entidad para el.....