En cuanto a la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN:
PRIMERO: El padre deberá aportar la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200,00) mensuales, los cuales serán depositados en la cuenta bancaria que se aperturará a nombre de los niños.
SEGUNDO: Ambos padres deberán cumplir con los gastos médicos, exámenes de laboratorio que necesiten sus hijos, y sus medicinas, en un cincuenta por ciento (50%) cada uno.
TERCERO: En cuanto a los estrenos de diciembre ambos padres aportarán el cincuenta por ciento (50%) de los gastos de ropa y regalos de su hijo.
CUARTO: En referencia a los uniformes escolares, útiles, los cubrirán ambos padres en un cincuenta por ciento (50%) cada uno, además los gastos extras que se ocasionen durante el año escolar.
Con respecto al REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR:
PRIMERO: El padre compartirá con sus hijos una vez al mes es decir todos los últimos fines de semana del mes, de no pedir por causa de trabajo lo notificará a la madre veinticuatro (24) horas de.....