Teniendo el padre la responsabilidad de crianza de los niños, la Madre compartirá con los niños todos los días, en sus horas libres, así mismo compartirá todos los fines de semana, la madre los buscará a la salida de la escuela, los días viernes y los entregará nuevamente los días domingos a las seis (6) de la tarde, en casa del padre, dicho Régimen de Convivencia Familiar, comenzará a partir de la presente fecha. Así mismo los días de carnaval compartirá con el padre y los días de semana santa con la madre, los días de Navidad pasarán el 24 de diciembre con el padre y el 31 de diciembre con la madre, los cuales se alternarán cada año, encontrándose conformes con dicho acuerdo, el cual no vulnera los derechos de los niños de autos, en consecuencia , por cuanto las partes, antes identificadas, se comprometieron a cuidar y velar por el buen desarrollo moral y físico de sus hijos, encontrándose conformes con dicho acuerdo, el cual no vulnera los derechos de los niños: IDENTIDAD OMITIDA DE.....