D E C I S I O N
Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio presentada en base al Artículo 185-A del Código Civil Venezolano vigente, por los cónyuges, ciudadanos: LORENZO FIGUEROA y MARCELINA SANCHEZ TOVAR DE FIGUEROA, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de Identidad Nos. 4.475.663 y 7.509.906, respectivamente y de este domicilio, asistidos por el abogado en ejercicio: STANLEY PEÑA MUÑOZ, Inpreabogado Nro. 109.946. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados ciudadanos, en fecha: 20 de Diciembre del año 1973, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio San Pablo, Distrito Sucre, hoy Coordinación Civil del Municipio S.....