Se dictó sentencia declarándose competente y se admitió el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD incoado por la sociedad mercantil EMPRESA DE SERVICIOS INTEGRAL, C.A., (EMSERVINT, C.A.), contra la Providencia Administrativa Nº 2011-00076, de fecha tres (03) de junio de 2011, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR, mediante la cual declaró improcedentes los alegatos y/o defensas formulados por la parte recurrente y ordenó la continuidad de la negociaciones del Proyecto de Convención Colectiva entre el Sindicato Único de Trabajadores Bolivarianos Electromecánicos, Mantenimiento, Servicios Afines y Conexos del Estado Bolívar (SUTRAMANSERVI-BOLÍVAR), y la empresa recurrente.