Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: a los niños IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, a la ciudadana YARCALY YELITZA MACHADO VARELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.076.310, soltera, de profesión TSU en Administración de Empresas, residenciada en la Urb. Villa EL Encanto, calle principal, casa Nro 16, Boraure, Municipio La Trinidad del estado Yaracuy, así como a los ciudadanos HERBERTO ANTONIO MACHADO SIRA, CARMEN JUANA MACHADO VARELA, JOSE ANGEL MACHADO VARELA, ERIKA LILIANA MACHADO HERNANDEZ, HERBERTO ANGEL BERNARDO MACHADO HERNANDEZ, DISLEIDI MARILIN MACHADO HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nro 10.373.440, 12.076.311, 12.383.965, 13.618.799, 15.283.622, y 15.484.0.....