declara CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana: JULIA DE LAS NIEVES VILLAROEL, plenamente identificada en autos, contra la ciudadana: OFELIA MERCEDES BLANCO, ambas identificadas en autos. En consecuencia se ordena a la parte demandada de autos hacerle entrega de manera inmediata a la parte demandante, del inmueble ubicado en la calle Lezama del Casco Histórico de la parroquia Catedral, zona urbana de Ciudad Bolívar, en jurisdicción del Municipio Heres del Estado Bolívar, identificada con el N° 26, y el terreno tiene una superficie aproximada de ciento sesenta y un metros cuadrados (161,Mts2) y se encuentran comprendidos dentro de los siguientes linderos: Norte: Calle Lezama, con cinco con treinta centímetros (5,30Mts); SUR: Casa y solar de la Familia Gómez, con tres metros con setenta centímetros (3,70Mts); Este: Casa y solar de la Familia Guevara, con treinta y cinco metros con noventa centímetros (35,90Mts); y Oeste: Casa y solar de la Familia Almada, con treinta y cinco m.....