Por los argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: se declara CON LUGAR la demanda de desalojo propuesta por la parte demandante.
SEGUNDO: se condena a la parte demandada a hacer entrega a la parte actora del inmueble local comercial distinguido con el número 1, ubicado en el Paseo Moreno de Mendoza, Sector Mercado Periférico I, Parroquia Catedral, Municipio Angostura del Orinoco, Antiguo Municipio Heres, ciudad Bolívar, estado Bolívar, del edificio ROSALBA, identificado con el Nro. 21.
TERCERO: en hacer entrega a la parte demandante los recibos y solvencias de los servicios públicos que de acuerdo al contrato le corresponde cancelar, dejando constancia de dicha entrega en este expediente.
CUARTO:.....