se declara INCOMPETENTE para conocer la presente demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACIÓN LABORAL, incoada por la ciudadana YAMATZY DEL VALLE FIGUEROA MARQUEZ, actuando en su propio nombre y en nombre y representación de su menor hijo KEYMER JESUS RODRIGUEZ FIGUEROA, de dos (02) años de edad, debidamente asistida por el ciudadano, GUSTAVO CARO PORRAS, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.862, y en su condición de sucesores de quien en vida se llamara KEIMER EDUARDO RODRIGUEZ GARCÍA, todos ampliamente identificados en esta decisión, y se declina la competencia para conocer de la misma en los Tribunales de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con sede en la Ciudad Puerto Ordaz, estado Bolívar. ASI SE DECIDE.