Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: Sin Lugar el Recurso de Apelación ejercido por la Abogada Jeannette Bain de Arzolay, Defensora Privada, actuando en asistencia de la ciudadana imputada Yesenia del Valle Fermenal Gutiérrez, en el proceso judicial seguídole por su presunta incursión en la comisión de los delitos de Extorsión, previsto en el artículo 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión y Violación de la Privacidad de la Data o de Información de Carácter Personal, previsto y sancionado en el artículo 20 de la Ley Contra Delitos Informáticos; tal impugnación ejercida a fin de refutar la decisión dictada el 08-12-2009 por el Tribunal 4º de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en la Extensión Territorial Puerto Ordaz, en ocasión al acto.....