En fuerza a los anteriores razonamientos, el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Extensión Ciudad Bolívar, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCIÓN incoada por la ciudadana: Ana Carina Correa de Zerpa, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-16.498.940, en consecuencia, se ordena realizar el registro respectivo, a los fines de que en el Acta de Defunción del De Cujus: Rober José Zerpa García, quien era venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.887.264, fallecido en fecha 30 de agosto de 2014, 1.- Se agregue los nombres de la ciudadana: Ana Carina Correa de Zerpa, en su condición de conyugue, de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE .....