Con fundamento a las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Piar y Padre Pedro Chien del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara la Perención de la Instancia, en el presente procedimiento por Reconocimiento de Instrumento Privado, incoado por el Ciudadano: Edgardo Alfonso Calderón Arias, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-27.766.356, domiciliado en Upata, Municipio Piar del Estado Bolívar, contra las Ciudadanas: Mailyn González y María González, Mailyn, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos V-28.214.899 y V-26.662.335, respectivamente, ambas de este domicilio.-
En consecuencia, se ordena la notificación de la parte actora, de la presente decisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 233 del Códi.....