DECISIÓN
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 12, 15, 242, 243, 249, 254 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de divorcio presentada por el ciudadano ALEXIS JOSE REYES CHACIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro: 4.595.765 en contra de la ciudadana BETSY GUILLERMINA BALZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro: 2.745.138 respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial, celebrado por ante Parroquia Santa Rosa Municipio Autónomo Iribarren del Estado Lara, asentado bajo el Nº 613, de fecha 30 .....