CON LUGAR la presente demanda de CUSTODIA, incoado por el ciudadano JUAN JOSÉ PÉREZ CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-24.168.455, con domicilio en San Gerónimo, sector II, calle 08 entre 03 y 09, casa Nro. 24, del Municipio Cocorote del estado Yaracuy, asistido por la Abogada ANDRELYS ÁLVAREZ, en su carácter de Defensora Pública Auxiliar Tercera de este estado y con competencia en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en beneficio de las niñas "Identidad omitida de conformidad con el articulo 65 de la LOPNNA", nacidos la primera el 04 de marzo del 2013, y la segunda el 13 de junio del 2016, representadas por la Defensoría Pública Cuarta de este estado y con competencia en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; en contra de la ciudadana ROBXAILETH ANDREINA SÁNCHEZ QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-29.588.105, con domicilio en San Jacinto II, calle 07 con calle principal, a do.....