Se decretò prohibición de enajenar y gravar sobre el inmueble ubicado en el Inmueble (casa) ubicado en el Barrio Maipure, Calle Bolívar, Nº 53 de Ciudad Bolívar, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Terrenos propiedad de la Empresa denominada Maninca, con (27,50 mts), Sur: Terreno Municipal y en parte Terreno de Mercedes Campos con (40,95 mtrs), Este: Terreno propiedad de Sara de campos con (31,70 mtrs), y Oeste: Calle en proyecto con (21,10 mtrs), según se evidencia de documento debidamente registrado por ante el Registro Publico del Municipio Heres del Estado Bolívar, de fecha: 10 de Octubre del año 2.002, anotado bajo el Nº 49, Tomo 01, Protocolo Primero, Cuarto Trimestre, del año 2.002. En cuanto a la medida solicitada sobre el otro vehículo, este tribunal se abstiene de proveer la misma por cuanto no consta en la presente causa, el Titulo de Propiedad.