En consecuencia, este JUZGADO QUINTO (5º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO, de conformidad con lo establecido en los artículos 2, 26, 49, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 6 y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; declara: Que HOMOLOGA el DESISTIMIENTO del procedimiento efectuado por el ciudadano OSCAR SILVA, abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el Nº 54.750, en su carácter de co-apoderado judicial del ciudadano ANGEL ROSENDO FARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 5.882.161, parte demandante, mediante la cual desiste del procedimiento en el juicio por ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA, contra la entidad de trabajo GRANOS SELECTOS GUAYANA, C.A.; en consecuencia, se procederá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y así, se decide.