Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda que por DIVORCIO, sigue el ciudadano JORGE LUIS PARIS RODRIGUEZ, en contra de la ciudadana DILCIA ROSELINA HARY MARCANO; ambas ampliamente identificados ut supra. Todo ello de conformidad con las disposiciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales antes citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.
Queda así CONFIRMADA, la decisión de fecha 19 de Septiembre del 2011, inserta del folio 84 al 88, inclusive, del presente expediente, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Tránsito del Segundo Circuito Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunsc.....