Este Tribunal dictó y publicó sentencia donde declara SIN LUGAR la demanda de FRAUDE PROCESAL interpuesta por el ciudadano MOISES RAFAEL LEZAMA SOTILLO, titular de la cédula de identidad Nº 12.191.624, y de este domicilio debidamente asistido por los abogados WILFREDO BENJAMIN D´ANCONA Y CESAR ARMANDO MANRIQUE, Inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 92.632 y 114.564, respectivamente, contra los ciudadanos GHAZI NASSAER SALHEN EL DINE y YASER NASSER NASIR, titulares de las cédulas de identidad Nº 10.048.519 y 11.172.446, respectivamente, representados judicialmente por el abogado FERNANDO JIMENEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 95.689. En consecuencia se declara SIN LUGAR apelación interpuesta por el ciudadano MOISES LEZAMA, contra la sentencia interlocutoria con carácter definitivo dictada en fecha 19 de febrero de 2010 por el Tribunal a-QUO.