Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del fallecido ciudadano FREDDY RAMON DELVALLE SALAS, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.938.124, falleció el día 08/11/2.022, en su casa familiar ubicada en la Urbanización Lomas del Caroní, Manzana 29, casa 684 de Puerto Ordaz, Municipio Caroní del Estado Bolívar a consecuencia de INFARTO AGUDO DEL MIOCARDIO, CARDIOPATIA MIXTA, HIPERTENSION ARTERIAL, según .....