Vista la solicitud de las medidas preventivas peticionada por la parte actora, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 191 Ordinal 3° del Código Civil en concordancia con el Artículo 156 Ordinal 2° Ejusdem, DECRETA:
PRIMERO: MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre el bien mueble constituido por un (01) vehículo con las siguientes características: MARCA: VENIRAUTO; MODELO: TURPIAL B, AÑO: 2011, COLOR: AZUL PLATA, CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: HATCHBACK, USO: PARTICULAR, PLACAS: AFB27DA, SERIAL DE CARROCERIA: 8Y5480220BD001445, SERIAL DEL MOTOR: 3807080, a nombre del ciudadano MARCELO LEONARDO SUAREZ MESA, lo que se evidencia de Certificado de Origen, emanado por Veneirauto Industrias, C.A.
SEGUNDO: MEDIDA INNOMINADA DE INVENTARIO DE BIENES, a los fines de trasladarse y constituirse en la Urbanización Las Garzas, Manzana Nº 09, Casa Nº 20, Avenida Atlántico, Unare II, Municipio Caroní, Estado Bolívar, a realizar inventario de los bienes gananciales pertenecientes a la comun.....