Este tribunal en aras de garantizar el derecho a la defensa, el debido proceso y consecuencialmente la tutela judicial efectiva a las partes, y lo expuesto por la representación fiscal del ministerio público, ordena la apertura de la articulación probatoria conforme al artículo 607 de la ley adjetiva civil, una vez que conste en autos la notificación mediante boleta de las partes y del ministerio público. Líbrense boletas.-