Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda de QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA POR DESPOJO A LA POSESION incoada por el ciudadano ROGER RENE ZAMORA CASTELLANOS en contra de las ciudadanas LUISA AMERICA HERNANDEZ LOZANO y ENEIDA JOSEFINA HERNANDEZ, quedando así REVOCADA la sentencia de fecha 13 de febrero de 2013, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. En consecuencia, se condena a la parte querellada ciudadanas LUISA AMERICA HERNANDEZ LOZANO y ENEIDA JOSEFINA HERNANDEZ, a RESTITUIR al ciudadano ROGER RENE ZAMORA ZATELLANOS, ambas partes supra identificadas, EL LOTE DE TERREN.....