En fecha 07 de Mayo de 2008, siendo las 3:00 p.m., día y hora para la continuación de la audiencia preliminar, comparecen las partes y se acuerda remitir la causa a los Tribunales de Juicio del Trabajo, en vista que no se logró la conciliación ni la mediación. Este Tribunal DA POR CONCLUIDA LA AUDIENCIA PRELIMINAR, y de conformidad con los artículos 134, 135, 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y en apego a lo previsto con el artículo 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con la sentencia Nº 0067-120208-071197, de la Sala de Casación Social de fecha 12 de Febrero de 2008, bajo la Ponencia del Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO, caso (PERFORACIONES DELTA, C.A. y PDVSA PETROLEO Y GAS, S.A.), a los fines que los Juzgados de Juicio del Trabajo se pronuncie sobre el fondo en cuanto a la solidaridad de las codemandadas prevista en los artículos 54, 55 y 56 de la Ley Orgánica del Trabajo.-