Por todo lo antes expuesto este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que me confiere la Ley y de conformidad con lo establecido en los artículos 49 Ordinal 1ro, 26 y 253 de la Constitución Nacional, en concordancia con lo establecido en los artículos 12, 15 y 146 del Código de Procedimiento Civil y cònsono con la jurisprudencia patria, DECLARA: INADMISIBLE la presente causa de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL presentado por la ciudadana CAROL DEL CARMEN LANSER VILLANUEVA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad bajo el Nro. V-4.035.307, debidamente asistida por el ciudadano DOUGLAS RODRIGUEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 41.148 contra la Sociedad Mercantil BROKER FINANCIAL INSURANCE SOUTH AMERICA "BROFINSA S.A.", debidamente r.....