este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano: JUAN JOSE GUEDEZ DUNO, titular de la cédula de identidad N° V-14.211.820 sobre unas bienhechurías en un lote de terreno propiedad Municipal, que según Mensura Catastral, expedida en fecha: 15 de Abril de 2014, por la Dirección de Catastro y Tierras, de la Alcaldía Bolivariana del Municipio José Antonio Páez del Estado Yaracuy, dicho terreno está signado con el Código Catastral actual N°: 22-06-00-U01-008-027-P.A-000-000,000, siendo el área de terreno de TRESCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS (308,00 MTS2), ubicado en la calle 04 entre canal de servicio y carrera 01, Barrio Copa Redonda, Saba.....