este Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, a las adolescentes Identidad omitida por el articulo 65 de la LOPNNA , y a los ciudadanos WILLIAN JOSE CERRADA PEREZ, SHEILA KATHERINE PARRA RAMOS y KATIUSCA SHEIMAR PARRA RAMOS, como UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana SHILA MARINA RAMOS DE CERRADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.860.578, fallecida en fecha 25 de marzo de 2009, sin perjuicio de terceros con iguales o mejores derechos.
Devuélvase los originales con sus resultas al solicitante y déjese copia fotostática certificada en el archivo de este Tribunal.
La Jueza,
Abg. ANILEC SILVA CAMACARO
La Secretaria,
Abg.
En esta misma fecha, siendo las 10:35 a. m, se publicó y registró la anterior d.....