este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de los ciudadanos YONNY RAFAEL APONTE GUEDEZ, , soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.553.007, PETRA MERCEDES APONTE DE FERNÁNDEZ, casada, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.916.315, GIOVANNY APONTE GUEDEZ, soltero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.582.987, YOLMAN APONTE GUEDEZ, soltero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.916.314, OSWAL ANTONIO APONTE GUEDEZ, soltero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.914.300, JOEL APONTE GUEDEZ, soltero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.372.411, todos de este domicilio, sobre unas bienhechurías construidas en un área de terreno propiedad municipal,.....