este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos MARIA MENAIDA LEON ROJAS y JORGE FLORES PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 10.855.781 y 7.590.685, respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado GERMAN MACEA LOZADA, INPREABOGADO Nº 23.878, por el matrimonio civil contraído, por ante la Prefectura del municipio Guacara, estado Carabobo, según comprobación que se hizo con la respectiva copia debidamente certificada del Acta de Matrimonio No. 189 del año 1989; en cuanto a sus hijos (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), de 14 y 17 años de edad, nacidos el 20 de marzo de 1991 y 12 de julio de 1988, según .....