´Por todas las consideraciones antes expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, CONSTITUCIONAL, MERCANTIL, TRANSITO, MARÍTIMO Y AERONÁUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, de conformidad con los artículos 393, 395, 396, del Código Civil, y los artículos 733 y 734 del Código de Procedimiento Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud y se DECRETA LA INTERDICCION PROVISIONAL, presentada por la ciudadana: Sonia Ruth Caballero de Campos, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.925.175 a favor de la Ciudadana Daliana Milagros Campos Caballero, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.393.526.
SEGUNDO: Se designa a la Ciudadana Sonia Ruth Caballero de Campos, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.925.175, como Tutor interino de la Ci.....